
DERECHO Y SOCIEDAD
Introducción
La necesidad de satisfacción de sus
múltiples necesidades a lo largo de su proceso de evolución y desarrollo de la
humanidad, hizo que el hombre se valga del derecho para sus propósitos por la
exigencia social cada vez más creciente conforme al avance de ese desarrollo
social; entonces el derecho como fenómeno social se deriva de una necesidad
para la convivencia de la persona humana en sociedad, en cuanto ordenadora de
las relaciones sociales, pues el ser humano necesita interactuarse o
relacionarse con los demás para desarrollarse como persona y satisfacer sus
múltiples necesidades básicas fundamentales y para cumplir determinados
propósitos o fines en su coexistencia natural e histórica.
El derecho se haya dentro de los objetos
culturales, pues como se dice “el ser humano construye sobre la base de la
naturaleza, con el fin de modificarla o de modificarse a sí mismo. De esta
suerte, la realidad cultural está conformada por todo lo “construido” por el
ser humano, por ejemplo: un aguja, un aeroplano, una señal de tránsito, un
libro, la moral, la religión, el Derecho, una teoría científica, una práctica
social” (Aníbal Torres Vásquez, Introducción al Derecho, Teoría General del
Derecho, primera edición 1999, p. 23). De ahí que la naturaleza que rodea al hombre
le sirve de base para su creación cultural. Así el derecho sirve al hombre en
su relación con la sociedad, y dentro de ella, la persona realiza u orienta su
conducta hacia determinados fines.
Sabemos que a medida que se va desarrollando la
sociedad, el derecho como instrumento normativo regulador va quedando en cierta
forma des-actualizado por decirlo de alguna manera, pues con el desarrollo
social permanente van surgiendo nuevas situaciones o relaciones jurídicas, que
requieren de nuevas formas de regulación y de solución de conflictos cuando se
presenten, que el derecho como supuestos normativos no tuvo previsión
inicialmente, lo que es natural, fenómeno social que se presenta
permanentemente fruto de su evolución histórica, pues la realidad como se dice,
rebasa el derecho.
Derecho y Sociedad
La existencia del derecho en nuestra
sociedad es innegable, como necesaria para regular la conducta humana, en sus
relaciones con los demás en la sociedad, en la búsqueda de la satisfacción de
sus variadas necesidades, y realización de los objetivos que persiga como ser
individual ontológicamente libre, con respeto al derecho de los demás, pues en
el ejercicio de sus derechos para su desarrollo como persona humana son
limitados, que pueden sufrir determinadas restricciones en su ejercicio, pues
también ha de considerarse la vigencia de otros valores tan igual de
merecedores dignos de tutela, todo ello para fines del restablecimiento del
orden social con basamento en el derecho, y que cuan más basta sean las relaciones
sociales se van convirtiendo en complejas las relaciones o nuevas situaciones
jurídicas y como tal requerirá de mejores mecanismos de regulación y de
solución de conflictos.
Conclusión
a) Existe una relación intrínseca entre el derecho y
la realidad social; así también entre la creación del derecho como norma
jurídica con los cambios sociales producidos en esa realidad fenomenal. Así, en
tanto más sea el desarrollo alcanzado por la sociedad más acelerado será el
desarrollo del derecho derivada de la misma exigencia social. Por ello, el
derecho no se reduce a la norma jurídica, sino que se propende a la creación de
un derecho en su verdadera dimensión con la realidad social y fenómenos que subyacen
de ella, es decir teniendo en cuenta el ser humano y sus requerimientos en
sociedad. El derecho, en tanto objetivamente contextualizado debe ser
construido teniendo como base esa fenomenología, en el devenir histórico de la
sociedad, donde emergen los valores atribuidos por el hombre derivado de sus
múltiples actividades humanas para la satisfacción de sus necesidades, por ser
necesarios para su convivencia ordenada en sociedad.
b) En la creación del
derecho, se debe propender a que responda a los fenómenos que se presenten en
la sociedad en permanente evolución, que sea instrumento que se valga el hombre
para regular y proteger esos fenómenos con relevancia jurídica atribuidos por
el mismo y que sean dignos de tutela, haciendo que el derecho se convierta en
instrumento para poder conducirlo y reconstruirlo encausándolo a su desarrollo
como proceso permanente, que sea el derecho elemento activo para moldear el
cambio y desarrollo social, es más, que pueda ser concebida en cuanto a su
eficacia, también para la prevención de conflictos en todas las actividades
humanas, sean económicas, sociales, comerciales, culturales, etc., tratando de
evitar la judicialización de dicha problemática, y que ésta sea, la última
ratio; por ello, justamente se concibe al derecho como objeto cultural, es
decir como creación del hombre hacia determinadas finalidades.
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